Vida y familia

PRONUNCIAMIENTO DE ”ABOGADOS POR LA VIDA– PERÚ”

1. Lamentamos la legalización ilegítima del aborto en Argentina, porque como abogados defendemos el derecho a la vida de toda persona, por ser un derecho natural, universal y fundamental, del cual se derivan los demás derechos. Estamos comprometidos con la defensa de la vida de los seres humanos más vulnerables e inocentes, aquellos que no pueden defender su derecho a la vida por sí mismos: los niños por nacer. Esperamos que la Corte Suprema de Justicia de Argentina declare inconstitucional dicha ley, por contravenir los tratados internacionales de los cuales, tanto Argentina como Perú son parte.

2. Rechazamos el mensaje vía Twitter de Mirtha Vásquez, elegida Presidente del Congreso del Perú, en el contexto de una profunda crisis moral y política del Estado peruano, en el que señala lo siguiente: “Saludamos la decisión del Senado de Argentina de dar a todas las mujeres el derecho a decidir. Nos llena de esperanza y renueva nuestro compromiso para promover políticas integrales de educación sexual y que no se criminalice a las mujeres víctimas de violación”.

3. La Presidente del Congreso milita en el partido Frente Amplio, que es promotor ideológico socialista, marxista, feminista y LGTBI, por lo que en primer lugar exigimos que precise si sus expresiones las hizo a título personal, en nombre de su bancada Frente Amplio o ejerciendo un acto de representación del Congreso de la República, que compromete e involucra a los ciento treinta congresistas que lo conforman.

4. El deslinde de responsabilidad individual, partidaria o funcional tiene trascendencia y es importante para establecer la dimensión del agravio que significa declarar:
4.1. Contra los derechos del concebido que nuestra Constitución reconoce como fundamentales (art. 2. 1°).
4.2. Contra la vida humana que el Código Civil regula desde la concepción (art. 1°).
4.3. No reconoce que el aborto es considerado como delito, de acuerdo al Código Penal Peruano (arts. 114° a 120°).
4.4. No reconoce que el aborto constituye un delito de lesiones en el cuerpo y en la salud del concebido (art. 124°-A).
4.5. Es contradictoria a la protección que debe ejercer como parlamentaria, sobre la vida humana desde la concepción, que consagra el Código de Niños y Adolescentes (art. 1°).
4.6. Atenta contra el cumplimiento del deber del Estado, de dar atención de salud preferente al concebido, que impone la Ley General de Salud (art. 9°).

5. Demandamos públicamente a la congresista Mirtha Vásquez, que rectifique sus declaraciones por ser contrarias a los deberes que como gobernante parlamentaria le impone el primer artículo de la Constitución Política del Perú: defender a la persona humana y respetar su dignidad, que implica la protección constitucional del derecho fundamental a la vida del concebido, por ser sujeto de derecho en todo lo que le favorece, así como el respeto a su dignidad y a su igualdad ante la ley, ya que no puede ser discriminado por razón del orígen de su concepción, por su edad o por cualquier otra índole, como son las motivaciones ideológicas de corte feminista que estarían sustentando sus declaraciones.

Lima, 04 de enero del 2021.

Sergio Carlos Baltazar Tapia Tapia, Reg. CAL 08449.
Mariella Paola Bianchi Salazar: Reg CAL 28934.
María del Pilar Torres Cateriano: Reg CAL 36800.
Alberto González Cáceres: Reg CAL 35051.
Shura Angélica Vera: Reg. CAL 58384.
Hernán Elar De la Fuente Rondón: Reg CAL 13602.
Walter Pedro Villegas Limache: Reg CAL 674314.
Mauro Caro Flores: Reg CAL 30857.
Juan Carlos Condori Chávez: Reg CAC 7780.
Martín Torres Cateriano: Reg CAC 6444.
Alfredo Antonio Acevedo Flores: Reg CAT 03282.
Luis Walter Gallegos Molina: Reg CAL 50633.
Alejandro Muñante Barrios: Reg CAL 75478.
Jason Ibazeta Isla: Reg CAL 30660.
Erika Valdivieso López: Reg CAP 864.
José Antonio Anderson Trujillo: Reg CAL 20822.
Jorge de Lama Vargas: Reg CAC 11073

Siguen Firmas …

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