Política

OTRO ESCÁNDALO EN EL MINISTERIO DE CULTURA

Sospechosos "apoyos" económicos se otorgan a personas e instituciones que no cumplen los requisitos. Incluso bares y tiendas de autopartes

Por: Unidad de investigación de La Abeja (*)

 Durante el gobierno de Vizcarra se aprobó el Decreto de Urgencia Nº 058-2020 para el otorgamiento de Apoyos Económicos conducentes a crear los mecanismos de amortiguamiento para mitigar los efectos económicos en el sector cultura producidos en el contexto de la emergencia sanitaria por el covid-19.

En su artículo primero la mencionada norma señalaba que su finalidad era mitigar los efectos socioeconómicos originados en las Industrias Culturales, las Artes, así como en las expresiones del Patrimonio Cultural Inmaterial y afines por la pandemia y en el artículo cuarto autorizaba una transferencia de cincuenta millones de soles para este fin.

Según las bases de postulación, en el numeral 4.1.-De los Requisitos menciona:

“(…) Los trabajadores culturales independientes y las organizaciones antes mencionadas (a. b. y c.) deberán evidenciar como mínimo, que han venido realizando actividades culturales durante el periodo de un año previo al 16 de marzo de 2020 (fecha de la declaratoria del estado de emergencia a nivel nacional).”

Se entiende que deben acreditar  experiencia y trayectoria como mínimo entre el 16 de marzo del 2019 y el 16 de marzo del 2020, es decir, las instituciones que hayan sido creadas, registrando inicio de actividades luego del 16 de marzo del 2019, no estarían calificadas a acceder a los beneficios económicos. Con mayor razón, aquellas instituciones, organizaciones y/o empresas que fueron constituidas legalmente con fecha posterior al 16 de marzo 2019 o se hayan constituido “oportunamente” en el marco de la pandemia para postular a los apoyos económicos (agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre 2020), no contarían con el sustento para justificar el tiempo mínimo de un año de trayectoria.

Luego de la revisión somera de los beneficiarios de los Apoyos Covid del Ministerio de Cultura, se identificaron a las siguientes organizaciones, las cuales no cumplirían con tales requisitos señalados en las bases de postulación:

 

BENEFICIARIO: REPRODUCTORA SAC

Nro. De RUC: 20604914613

Fecha de inicio de actividades según registro SUNAT: 01/08/2019 (la declaratoria de emergencia fue en marzo 2020 y según la fecha de inicio de actividades no se ajustaría a la experiencia o trayectoria mínima de un año de actividad que solicitan las bases de postulación).

Expediente de postulación: L3-IA-0198-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000278-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/45,400.00

 

 BENEFICIARIO: SLS PRODUCCIONES SA

Nro. De RUC: 20545505968

Fecha de inicio de actividades según registro SUNAT: 21/09/2020 (la declaratoria de emergencia fue en marzo 2020 y según la fecha de inicio de actividades no se ajustaría a la experiencia o trayectoria mínima de un año de actividad que solicitan las bases de postulación).

Expediente de postulación: L3-IA-1287-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000608-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/67,500.00

 

BENEFICIARIO: LA CASA 100 PRODUCCIONES SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPOSABILIDAD LIMITADA

Nro. De RUC: 20606539852

Fecha de inicio de actividades según registro SUNAT: 22/08/2020 (la declaratoria de emergencia fue en marzo 2020 y según la fecha de inicio de actividades no se ajustaría a la experiencia o trayectoria mínima de un año de actividad que solicitan las bases de postulación).

Expediente de postulación: L3-IA-1410-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000619-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/74,600.00

 

BENEFICIARIO: PASEOARTE E.I.R.L.

Giro comercial registrado en SUNAT: Venta al por menor de otros productos nuevos en comercio especializado.

Dirección registrada en SUNAT: CAL.GRAL BORGOÑO NRO. 770 URB. MIRAFLORES LIMA –

LIMA – MIRAFLORES

Nro. De RUC: 20605177515

Fecha de inicio de actividades según registro SUNAT: 26/08/2019 (la declaratoria de emergencia fue en marzo 2020 y según la fecha de inicio de actividades no se ajustaría a la experiencia o trayectoria mínima de un año de actividad que solicitan las bases de postulación).

Expediente de postulación: L2-IA-0210-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000551-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/75,000.00

 

Si bien todos estos casos podrían pasar por un error en la revisión de las fechas, lo cual sería factible de haber sucedido,  más grave que esto es que el Decreto de Urgencia No 058-2020 y las bases de postulación indican que el fondo de subvención económico otorgado mediante los Apoyos Covid, se deben utilizar en la continuidad de las actividades, y serán beneficiadas en prioridad aquellas instituciones u organizaciones que atiendan a poblaciones vulnerables.

Llama poderosamente la atención que, de ser así, se haya seleccionado como beneficiarias a empresas que en SUNAT se encuentran registradas dentro de un giro o rubro comercial diferente al artístico y/o cultural y que difícilmente se pueden identificar como instituciones que atienden a personas en situación de vulnerabilidad, estos son algunos casos:

 

BENEFICIARIO: CAURI SAC

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas.

Nro. De RUC: 20509039748

Nombre comercial: Café Bar Habana

Dirección registrada en SUNAT: CAL.MANUEL BONILLA NRO. 107 (OVALO MIRAFLORES) LIMA – LIMA – MIRAFLORES

Expediente de postulación: L2-IA-0074-20

Resolución de declaratoria como beneficiario:

000421-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/74,949.00

https://www.facebook.com/Cafe.Bar.Habana/

 

BENEFICIARIO: TOMA SAC

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades de servicios de bebidas.

Nro. De RUC: 20511670234

Dirección registrada en SUNAT: ATAHUALPA NRO. 2550 L.PRADO (ALT.CDRA.29 AV.LA PAZ CON HAYA DE LA TORRE) PROV. CONST. DEL CALLAO – PROV. CONST. DEL CALLAO – LA PERLA

Expediente de postulación: L2-IA-0263-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000551-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/48,450.00

En la práctica su actividad es netamente comercial y las actividades artísticas representan un complemento que impulsa su negocio.

 

BENEFICIARIO: EVENTOS Y REPRESENTACIONES YIELD SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

Giro comercial registrado en SUNAT: Restaurantes, bares y cantinas/organización de convenciones y exposiciones comerciales/ventas al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco.

Nro. De RUC: 20521110725

Dirección registrada en SUNAT: AV. NICOLAS DE PIEROLA NRO. 923 (PORTALES DE LA PLAZA SAN MARTIN) LIMA

Expediente de postulación: L4-IA-1428-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000339-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/70,000.00

En la práctica su actividad es netamente comercial y las actividades artísticas representan un complemento que impulsa su negocio.

 

BENEFICIARIO: ASOCIACION EMPRESARIAL CERRO JULI

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades de esparcimiento y recreativas.

Nro. De RUC: 20222040257

Dirección registrada en SUNAT: NRO. S/N CAMPO FERIAL CERRO JULI AREQUIPA – AREQUIPA – AREQUIPA

Expediente de postulación: L3-IA-1547-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000619-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/73,768.00

http://www.cerrojuli.com.pe/

Por lo revisado en la página web de la empresa CERRO JULI, se trata de un Centro de convenciones dedicado al alquiler de espacios y/o locales a terceros que organizan actividades conferencias y/o festivales.

Si todo esto resulta por decir lo menos sorprendente, habría que recibir una explicación sobre empresas beneficiadas que en su registro comercial en SUNAT se encuentran completamente alejados del rubro artístico o cultural, tal como se observa en los siguientes casos:

 

BENEFICIARIO: KAMAX MOTOR CHINA S.A.C

Giro comercial registrado en SUNAT: Venta de piezas y accesorios para vehículos y automotores

Nro. De RUC: 20546525261

Expediente de postulación: L3-IA-02727-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000654-2020-DGIA/MC

Dirección registrada en SUNAT: AV. LA PAZ NRO. 2740 LOTE. 397 URB. MIRAMAR (FRENTE A PLAZA VEA) LIMA – LIMA – SAN MIGUEL

Monto otorgado: S/75,000.00

 

BENEFICIARIO: MULTISERVICIOS FEIJOO EIRL

Rubro comercial registrado en SUNAT: Venta de piezas y accesorios para vehículos y automotores

Nro. De RUC: 20554344683

Dirección registrada en SUNAT: CAL.JOSE MORALES ALPACA NRO. 117 (TERCER PISO) LIMA – LIMA – PUEBLO LIBRE (MAGDALENA VIEJA)

Expediente de postulación: L2-IA-0235-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000551-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/45,200.00

 

BENEFICIARIO: MATTOS SALAZAR S.A.C – MATSAL S.A.C.

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades de transporte por vía terrestre.

Nro. De RUC: 20555182202

Dirección registrada en SUNAT: CAL.CRUZ DEL SUR NRO. 241 URB. SOL DE VITARTE – LIMA – LIMA – ATE

Expediente de postulación: L2-IA-0258-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000602-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/66,584.00

 

BENEFICIARIO: EMPRESA PROMOCIONAL ASSERDI S.R.L.

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades profesionales científicas y técnicas / reparación de otros efectos personales y enseres domésticos.

Nro. De RUC: 20498483667

Expediente de postulación: L3-IA-1026-20

Dirección registrada en SUNAT: AV. PRO-HOGAR NRO. 1008 (FRENTE A IGLESIA CHAPI CHICO) AREQUIPA – AREQUIPA – MIRAFLORES

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000608-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/60,000.00

 

BENEFICIARIO: KER COM EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Giro comercial registrado en SUNAT: Venta de ordenadores y equipos periféricos/edición de periódicos, revistas/venta al por menor por correo e internet.

Nro. De RUC: 20493108116

Dirección registrada en SUNAT: AV. ARENALES NRO. 1737 INT. 4-09 OTR. OTROS (CENTRO COMERCIAL ARENALES) LIMA – LIMA – LINCE

Expediente de postulación: L3-IA-0533-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000619-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/73,500.00

Esta empresa ha postulado en Artes escénicas, artes visuales y música.

La dirección registrada en SUNAT remite a una tienda de venta de video juegos y artículos de cómputo y trabaja con el nombre comercial de Mas Gamers, ubicado en el Centro Comercial Arenales del distrito de Lince (Av. Arenales Nro. 1737 Int. 4-09- Centro Comercial Arenales).

https://store.masgamers.com/?fbclid=IwAR0G3HzgP5eckDHcr56r3EbPO8U4LkR_wRcPGZ-VSp4fyr_gCOVSE7gAIjM

https://www.facebook.com/masgamersstore/about/?ref=page_internal

 

BENEFICIARIO: PACTO GESTION COMERCIAL & MARKETING ESTRATEGICO S.A.C. – PACTO GC & ME

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades de consultoría de gestión (Marketing).

Nro. De RUC: 20602612091

Dirección registrada en SUNAT: CAL.LA CONQUISTA NRO. 245 URB. SANTA PATRICIA III ETAPA (MZ F2, LOTE 5, PISO 2) LIMA – LIMA – LA MOLINA

Expediente de postulación: L3-IA-2047-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000619-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/73,683.94

Esta empresa ha postulado y ha sido beneficiaria de los Apoyos Covid en el rubro de música. La dirección registrada en SUNAT CAL. LA CONQUISTA NRO. 245 URB. SANTA PATRICIA III ETAPA (MZ F2, LOTE 5, PISO 2) LIMA – LIMA – LA MOLINA. Sin embargo, en su ficha de postulación a los Apoyos Covid ha sido beneficiaria como residente en Arequipa, siendo en la práctica una agencia o empresa dedicada al marketing.

 

BENEFICIARIO: EMPRESA MUNICIPAL DE FESTEJOS DEL CUSCO SOCIEDAD ANONIMA

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades recreativas y de entretenimiento.

Nro. De RUC: 20181508168

Dirección registrada en SUNAT: CAL. SANTA TERESA NRO. 142 (FRENTE AL HOTEL ROYAL INKA) CUSCO – CUSCO – CUSCO

Expediente de postulación: L3-IA-02356-20

Resolución de declaratoria como beneficiario:

000619-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/75,000.00

 

BENEFICIARIO: VMAR EIRL

Giro comercial registrado en SUNAT: Publicidad.

Nro. De RUC: 20545794463

Dirección registrada en SUNAT: AV. LA MAR NRO. 1170 (CRUCE AV SUCRE Y LA MAR) LIMA

– LIMA – PUEBLO LIBRE (MAGDALENA VIEJA)

Expediente de postulación: L1-IA-1565-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000549-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/9,000.00

 

BENEFICIARIO: SORG E.I.R.L.

Giro comercial registrado en SUNAT: Enseñanza cultural

Nro. De RUC: 20602039529

Dirección registrada en SUNAT: AV. QUILCA NRO. 983 URB. RESIDENCIAL AEROPUERTO (ALT. DEL CRUCE CON FAUCETT) PROV. CONST. DEL CALLAO – PROV. CONST. DEL CALLAO – CALLAO

Expediente de postulación: L2-IA-021-20

Resolución de declaratoria como beneficiario:

000551-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/ 68,560.00

NOTA: La dirección registrada en SUNAT corresponde a EDUCAR: Escuela de conductores.

https://www.facebook.com/educarescuelademanejo

 

También han postulado con éxito empresas dedicadas a canalizar donaciones, es decir, funcionan como agentes mediadores de donativos.

 

BENEFICIARIO: OLI PERU

Nro. De RUC: 20548483078

Dirección registrada en SUNAT: CAL.LOS ALAMOS NRO. 595

LIMA – SAN ISIDRO

Giro comercial registrado en SUNAT: Actividades de otras asociaciones

Expediente de postulación: L1-IA-1985-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000603-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/60,000.00

https://www.facebook.com/FundacionOLI/

 

O instituciones que de hecho tienen financiamiento extranjero y no debieran calificar en este rubro, a pesar que es cierto que tienen actividad cultural:

 

BENEFICIARIO: ALIANZA FRANCESA DE PIURA

Expediente de postulación: L2-IA-013-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000421-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/64,607.00

 

BENEFICIARIO: ALIANZA FRANCESA DE CHICLAYO

Expediente de postulación: L3-IA-2345-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000608-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/23,200.00

 

BENEFICIARIO: ASOCIACION CULTURAL PERUANO BRITANICA

Expediente de postulación: L3-IA-0712-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000559-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/47,500.00

 

De igual forma resulta inexplicable otorgar los Apoyos económicos a universidades particulares, las que no han sufrido paralización alguna durante el periodo de la declaratoria de emergencia sanitaria. Estas instituciones académicas realizan actividades de extensión cultural pero tienen los recursos que la misma universidad asigna anualmente para tales fines, cabe destacar que, las actividades académicas y de ingresos económicos por el servicio de enseñanza de estas universidades no se han detenido en ningún momento. Siendo el postulante y beneficiario la UNIVERSIDAD resulta algo cuestionable

 

BENEFICIARIO: UNIVERSIDAD DE LIMA

Expediente de postulación: L3-IA-1050-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000608-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/74,980.00

 

BENEFICIARIO: UNIVERSIDAD DEL PACIFICO

Expediente de postulación: L3-IA-2615-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000654-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/74,500.00

 

BENEFICIARIO: PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU

Expediente de postulación: L3-IA-050-20

Resolución de declaratoria como beneficiario: 000256-2020-DGIA/MC

Monto otorgado: S/ 46,928.60

 

Cabe mencionar que mientras se ha otorgado estos apoyos, en forma sorprendente se ha negado, sin ofrecer ninguna explicación, a diversos grupos de teatro, danza, folclor que en algunos casos tienen más de 20 años de experiencia. Esos son los criterios del MINCUL, criterios que parecen no haber cambiado desde los tiempos en que se contrató para diversas consultorías a Richard Swing, por ejemplo.

Algunas de estas resoluciones luego de ser expuestas en las redes sociales y por la presión de las mismas fueron anuladas. Pero ya habían sido otorgadas. Es menester que el ministro Neyra de una explicación. Al parecer los escándalos son inacabables en Cultura.

 

(*) Agradecemos el aporte en esta investigación del Colectivo de Artistas Unidos

2 Comentarios

  1. Seria bueno saber el nombre de los propietarios o representantes de estas empresas. Seguro q hallaríamos mas de una sorpresa. Conocidas son los favorecimientos a los amiguísimos del truhan expresidente.

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