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El congreso aprobó por amplia mayoría de 77 votos a favor, 20 abstenciones y solo 7 en contra la moción presentada por el congresista Alejandro Muñante de Renovación Popular para declarar de importancia e interés nacional la conmemoración del “Día del Niño por Nacer”, es decir, todo ser humano desde el momento de su concepción, tal como lo establece nuestra Constitución política, las leyes sobre la materia en nuestro ordenamiento jurídico, así como los principales tratados internacionales de derechos humanos de los cuales el Perú forma parte.
Lo más interesante es que la moción tiene en el segundo numeral de su parte resolutiva el acuerdo de rechazar la injerencia e intrusión de organismos no gubernamentales (ONG) y otras asociaciones que promueven el delito del aborto e ilícitos conexos, mediante campañas anticonstitucionales, ilegales, y atentatorias contra la vida del niño por nacer, arriesgando con ello, también, la vida y salud de su madre.
Este acuerdo aprobado será una valiosa herramienta en la defensa de la vida.
Votaron en contra los congresistas Robles, Salhuana, Paredes, Bazán, Luque, Reymundo y Pablo. Los que con esta votación quedaron al descubierto como abortistas y parte del lobby de la muerte. Las oenegés que viven del dinero manchado por la sangre de millones de niños asesinados como PROMSEX y otras de filiación feminista reaccionaron violentamente en las redes sociales.
A continuación reproducimos el contenido de la norma aprobada en el pleno del congreso:
MOCIÓN DE ORDEN DEL DÍA QUE DECLARA DE IMPORTANCIA E INTERÉS NACIONAL LA CONMEMORACIÓN DEL “DÍA DEL NIÑO POR NACER”.
El Congresista de la República que suscribe, miembro del Grupo Parlamentario Renovación Popular, Alejandro Muñante Barrios, en el ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 68° literal e) del Reglamento del Congreso de la República, propone al Pleno del Congreso, la siguiente moción de Orden del Día.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2°, numeral 1 de nuestra Constitución Política establece que toda persona tiene derecho a la vida, y, que el concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece.
Que, asimismo, el Artículo 1° del Código Civil peruano, en su segundo párrafo redunda en que la vida humana comienza con la concepción y que el concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece.
Que, el Artículo 1° del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, prescribe que se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los 12 años de edad, y que el Estado protege al concebido para todo lo que le favorece.
Que, el Artículo III del Título Preliminar de la Ley General de Salud establece que toda persona tiene derecho a la protección de su salud y que el concebido es sujeto de derecho en el campo de la salud.
Que, el Artículo 2° de la Ley del Ministerio de Salud determina que el ente rector del sector salud conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural.
Que, el Artículo 4° numeral 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos señala que toda persona tiene derecho a que se respete su vida, y que este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.
Que, el Artículo 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), establece que, para la Convención, se entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad. Asimismo, la Convención señala en su Artículo 6°, que todo niño tiene derecho intrínseco a la vida y que los Estados parte garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.
Que, en virtud de la Ley Nº 27654 dada por el Congreso de la República el 23 de enero de 2002, se celebra cada 25 de marzo, el “Día del Niño por Nacer”.
Por lo expuesto,
ELCONGRESO DE LA REPÚBLICA
ACUERDA:
PRIMERO: Declarar de importancia e interés nacional la conmemoración del “Día del Niño por Nacer”, entendiéndose por “Niño por nacer” a todo ser humano desde el momento de su concepción, tal como lo establece nuestra Constitución política, las leyes sobre la materia en nuestro ordenamiento jurídico, así como los principales tratados internacionales de derechos humanos de los cuales el Perú forma parte.
SEGUNDO: Rechazar la injerencia e intrusión de organismos no gubernamentales (ONG) y otras asociaciones que promueven el delito del aborto e ilícitos conexos, mediante campañas anticonstitucionales, ilegales, y atentatorias contra la vida del niño por nacer, arriesgando con ello, también, la vida y salud de su madre.
TERCERO: Exhortar al Poder Ejecutivo en todos sus niveles de gobierno a garantizar la defensa de la vida del Niño por Nacer, promoviendo la creación e implementación de políticas públicas de concientización, asistencia y protección integral para la madre gestante y el niño por nacer.
Lima, 16 de febrero de 2022