
Por: Hugo Guerra Arteaga
El islamismo radical se está infiltrando peligrosamente en el Perú; el gobierno debe neutralizar de inmediato esa amenaza a la seguridad nacional.
Los musulmanes tienen presencia minoritaria en el Perú, que data de las corrientes migratorias de los siglos XIX y XX. Sin embargo, en la comunidad de inteligencia se ha detectado la infiltración del islamismo político o yihadismo, que instrumentaliza la fe para fines de control social, territorial y político.
Están siguiendo un proceso radical asimétrico y gradual: comenzaron con la inserción de ONG culturales. Luego pasaron a la captación e hibridación identitaria con el “Inkarri Islam” en el sur andino, donde discursos ideológicos radicales chiítas se fusionan con corrientes etnocaceristas.
Con control sobre un núcleo de conversos, ahora los islamistas (que pueden verse en Tacna, Cajamarca y diversas zonas de Lima) están desplazando el mensaje desde la espiritualidad hacia la confrontación ideológica y la justificación de la violencia. Propugnan la Taqiyya (disimulo de la fe) y pronto propondrán la reinterpretación combativa de la Yihad o guerra santa islámica.
Hispanoamérica es objetivo estratégico y operativo prioritario para Irán y su brazo ejecutor, Hezbolá (i. e., Abancay). Sus cabecillas facilitan la logística de la criminalidad organizada vía lavado de activos, minería ilegal y narcotráfico (VRAEM) para financiar operaciones terroristas en Medio Oriente.
El Perú es santuario operativo para la falsificación de identidades, obtención ilícita de pasaportes o partidas de nacimiento falsas y la deficiente interconexión en tiempo real de las bases de datos de seguridad con agencias globales de inteligencia. Un precedente directo fue la captura en Lima, en 2014, de un cuadro operativo de Hezbolá con material explosivo en Surquillo. Están detectadas, además, varias “células durmientes”.
El Estado debe neutralizar los riesgos de seguridad nacional sin vulnerar el artículo 2, inciso 3, de la Constitución, que garantiza la libertad confesional. El ordenamiento jurídico peruano y los tratados internacionales permiten actuar con firmeza bajo el principio de que la libertad de culto no es un derecho absoluto cuando colisiona con el orden público y la seguridad del Estado.
La SBS y la UIF deben auditar las transferencias de dinero internacionales destinadas a la construcción de templos, centros de estudio y subsidios a ONG de carácter confesional. De inmediato,
Migraciones debe denegar el ingreso y decretar la expulsión de los islamistas.
En defensa del Estado de derecho, impidamos que organizaciones criminales islámicas instrumentalicen la fe como escudo de impunidad.





